Colombia, Laboral, Salario mínimo legal
Consejo de Estado ordena suspensión provisional del decreto que fijó el salario mínimo para 2026: qué pasó, por qué y qué sigue
13 febrero, 2026

La Sección Segunda del Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del Decreto 1469 de 2025 que había fijado el salario mínimo en $1.750.905 (salario total con transporte en $2.000.000) y ordenó medidas transitorias mientras avanza el proceso de nulidad. Explicamos, con base en la providencia oficial y en la cobertura periodística, el fundamento jurídico y los pasos siguientes.

Qué decidió el Consejo de Estado

El despacho que resolvió las solicitudes cautelares decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 29 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno había fijado el salario mínimo para 2026. Además, la providencia ordena a las autoridades demandadas la expedición de un acto transitorio para fijar, de manera temporal, el salario mínimo que regirá mientras se decide de fondo el proceso de nulidad.

Fuentes periodísticas y el propio Consejo de Estado señalan que la medida fue tomada tras estudiar múltiples demandas acumuladas contra el decreto por vicios relacionados con motivación técnica y uso de criterios distintos a los previstos por la Ley 278 de 1996.

¿Por qué tomó la decisión el Tribunal?

  1. Apariencia de buen derecho. Los demandantes alegaron que el decreto sustituyó los parámetros obligatorios de la Ley 278 de 1996 (IPC, productividad, contribución salarial al ingreso nacional, PIB y meta de inflación) por el criterio de “salario vital” sustentado en un estudio de la OIT (ILO), sin que ese criterio tenga fuerza normativa en Colombia; ello motivó dudas razonables sobre la suficiencia de la motivación del acto.
  2. Peligro en la mora. Varias peticiones señalaron que la ejecución inmediata podría generar perjuicios fiscales y económicos difíciles de revertir (indexaciones, costos pensionales, impacto en MiPymes, presiones inflacionarias). El despacho consideró que los cuestionamientos eran lo bastante serios para justificar una medida precautoria en la fase cautelar.
  3. Ponderación de intereses y proporcionalidad. El Tribunal evaluó los riesgos para el interés de mantener el decreto frente a los riesgos de crear vacío normativo por la suspensión; decidió que la cautela (suspensión provisional + acto transitorio) era proporcional y necesaria para preservar la eficacia del control judicial.

Datos concretos que conviene tener en cuenta

Es importante recordar que el decreto que estableció el aumento del salario mínimo para 2026 determinó un incremento del 23,7 %, lo que llevó el salario base a $1.750.950. A este valor se sumó el auxilio legal de transporte fijado en $249.095, alcanzando así un ingreso total mensual de $2.000.000.

La determinación del Alto Tribunal se produjo después de analizar aproximadamente 17 demandas presentadas contra el decreto que oficializó este incremento, debido a que, según los demandantes, la decisión no se habría sustentado en los criterios técnicos obligatorios.

Entre las acciones judiciales presentadas, una solicita que se ordene la suspensión provisional del decreto como medida cautelar y que, de manera temporal, el aumento del salario mínimo se establezca en un 11 % mientras se resuelve el proceso de fondo.

Estas demandas fueron acumuladas para su análisis conjunto, por lo que la decisión deberá ser adoptada por la Sección Segunda del Consejo de Estado. Actualmente, los expedientes se encuentran en fase de estudio preliminar y aún no se ha emitido la primera ponencia sobre la solicitud de medida cautelar.

Repercusiones prácticas (empleadores, trabajadores y finanzas públicas)

Para empleadores y empresas

En el corto plazo, la suspensión provisional reduce el riesgo de asumir incrementos salariales definitivos que posteriormente puedan ser modificados por una decisión judicial de fondo. Sin embargo, las organizaciones deberán mantenerse atentas a la expedición del acto transitorio que ordenó el alto tribunal, ya que este definirá el valor salarial que regirá temporalmente y que impactará directamente los costos laborales, cargas prestacionales y proyecciones financieras.

Para trabajadores

Para los trabajadores, la medida implica un escenario de transición. Aunque la suspensión no elimina la posibilidad de que el aumento decretado sea validado más adelante, sí puede modificar el ingreso que se aplique de manera inmediata. En caso de que la decisión final confirme la legalidad del incremento inicialmente decretado, podrían existir ajustes o reconocimientos retroactivos dependiendo de lo que determine la sentencia definitiva.

Para las finanzas públicas y el sistema económico

Desde la perspectiva macroeconómica, la medida busca prevenir posibles impactos fiscales y económicos mientras se define la legalidad del decreto. Entre los aspectos analizados se encuentran efectos sobre gasto público, obligaciones pensionales indexadas al salario mínimo, presión inflacionaria y sostenibilidad financiera de pequeñas y medianas empresas. La decisión cautelar busca equilibrar la estabilidad económica con la garantía del control judicial sobre los actos administrativos.

Qué viene ahora y próximos pasos

Tras la decisión del Consejo de Estado, el Gobierno Nacional deberá fijar un salario mínimo provisional para 2026 mientras avanza el proceso judicial. Para ello tendrá un plazo de ocho días y deberá basarse en la meta de inflación del Banco de la República, la productividad definida por el comité tripartito coordinado por el Ministerio del Trabajo, el crecimiento del PIB y la inflación real medida por el IPC.

Este valor temporal regirá mientras se decide si el Decreto 1469 de 2025 cumple con la Constitución y la ley. El debate seguirá abierto debido a su impacto directo en trabajadores, empresas, pensiones, seguridad social y finanzas públicas.

Documento Consejo de Estado: https://linkce.consejodeestado.gov.co/docum/prensa/PQRSDF5c7e16.pdf

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